El Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) rechazó la solicitud de la ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Lenia Batres Guadarrama, para registrar como marca comercial el sobrenombre “Ministra del Pueblo”. En su resolución, el organismo argumentó que el término es susceptible de inducir a error al público respecto de su naturaleza, y que no cumple con los requisitos para ser considerado distintivo conforme a la ley vigente.
Según el documento oficial emitido el pasado 3 de abril, el IMPI señaló que el uso de dicha denominación podría generar confusión, ya que los cargos del Poder Judicial —ministros, magistrados y jueces— no se obtienen por elección popular, sino por designación. En ese sentido, el apodo podría dar la impresión errónea de que la ministra fue electa por voto ciudadano, lo cual contraviene lo establecido en la Constitución y en la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
El Instituto también fundamentó su negativa en los artículos 12, 173 y 178 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, que impiden el registro de términos descriptivos o engañosos. Añadió que “Ministra del Pueblo” describe los servicios que la solicitante desea distinguir, por lo cual no cumple con el carácter distintivo necesario para una marca registrada.
Lenia Batres había solicitado el registro en noviembre de 2024, en un intento por reforzar su imagen pública con miras a su participación en las elecciones judiciales programadas para junio de 2025. Incluso, buscó que su sobrenombre apareciera en la boleta electoral, solicitud que también fue rechazada por el Instituto Nacional Electoral (INE) y posteriormente impugnada por ella ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
La ministra defendió en su momento el uso del sobrenombre, argumentando que representaba una declaración de principios y un compromiso con el pueblo. “La ‘Ministra del Pueblo’ es mucho más que un sobrenombre. Es una misión”, declaró, tratando de legitimar su autodenominación y posicionamiento mediático. Sin embargo, ni el INE ni el IMPI consideraron válidos esos argumentos en el marco de la normativa vigente.
Otro aspecto que generó polémica fue que, según el expediente del IMPI, el trámite para el registro de marca fue realizado por César Villanueva Esquivel, miembro del equipo de trabajo de la propia Lenia Batres en la Suprema Corte. Esto abrió cuestionamientos sobre el uso de recursos institucionales con fines de promoción personal, aunque hasta el momento no se ha confirmado si habrá consecuencias administrativas por este hecho.